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¿Qué requisitos son necesarios para ser entidad ZEC?
- Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC
- Al menos uno de los administradores deberá residir en Canarias.
- Realizar una inversión mínima de 100.000 € (para las islas de Tenerife y Gran Canaria) o de 50.000 € (en el caso de Fuerteventura, Lanzarote, La Gomera, El Hierro o La Palma) en activos fijos afectos a la actividad dentro de los dos primeros años desde el momento de su autorización.
- Crear, al menos, 5 ó 3 puestos de trabajo, según se trate de las islas capitalinas o no, dentro de los 6 meses siguientes al momento de la autorización, y mantener este promedio durante los años que esté adscrita a la ZEC.
- Constituir su objeto social la realización, en el ámbito de la ZEC, de una de las actividades descritas en la sección de Lista de actividades
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