¿Qué es la Zona Especial Canaria?

La Zona Especial Canaria (ZEC) es un instrumento económico que se enmarca en el Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias cuya finalidad es la de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago a través de la diversificación de su estructura productiva.


La ZEC fue autorizada por la Comisión Europea el mes de enero de 2000 y su periodo de vigencia expira el 31 de diciembre del año 2019, siendo prorrogable previa autorización de la Comisión Europea. La inscripción de empresas en el ROEZEC tendrá como límite el 31 de diciembre de 2013.

 

Estas empresas contarán con las siguientes ventajas:

  • Las empresas ZEC están sujetas al Impuesto sobre Sociedades vigente en España, pero a un tipo impositivo reducido del 4% (frente al 25% que es la media europea).
  • Quedan exentos de retención los dividendos distribuidos por filiales entidades ZEC a sus sociedades matrices en otro país de la Unión Europea gracias a la directiva Matriz-Filial y con el resto de países con los que España haya firmado un convenio para evitar la doble imposición (más de cincuenta países).
  • Exención de tributación en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
  • Exención del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) (equivalente al IVA) para las entregas de bienes y prestaciones de servicios entre entidades ZEC, y a las importaciones.

 

Los requisitos que deben cumplir las empresas para acogerse a la ZEC son los siguientes:

  • Ser una entidad de nueva creación con domicilio y sede de dirección efectiva en el ámbito geográfico de la ZEC.
  • Residir al menos uno de los administradores en Canarias.
  • Realizar una inversión mínima de 100.000 euros (en Gran Canaria y Tenerife) ó 50.000 euros (en el resto de Islas) en activos fijos dentro de los dos primeros años, a partir de la inscripción en el ROEZEC.
  • Crear, al menos, cinco puestos de trabajo (en Gran Canaria y Tenerife) o tres (en el resto de islas) durante los primeros seis meses a partir de la inscripción en el ROEZEC y mantener este promedio durante el disfrute de los beneficios.
  • Desarrollar actividades permitidas en el ámbito de la ZEC.

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