Constitución de una empresa ZEC

Trámites ZEC

Inversores ZEC

Inversores atendidos por el personal de la ZEC

Antes de proceder a la inscripción de la entidad en el ROEZEC es necesario:

  • Constituir la nueva sociedad e inscribirla en el Registro Mercantil.
  • Resaltar que la futura entidad ZEC ha de ser una persona jurídica de nueva creación, lo que significa que habrá de adoptar alguna de las formas jurídicas societarias y habrá de ser constituida conforme a lo dispuesto en la legislación española. Las formas jurídicas societarias más habituales en España son: La Sociedad Anónima (S.A.) y/o la Sociedad Limitada (S.L.)
 

Trámites previos

Tramites ZEC


De manera general, los trámites para la creación de una sociedad en Canarias son los siguientes:

  • Elaboración de los estatutos sociales y elevación a público mediante escritura pública notarial.
  • Obtención de la tarjeta provisional del Código de Identificación Fiscal (CIF) en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y alta en los impuestos.
  • Inscripción de la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil.

 

 
 

Procedimiento de autorización e inscripción de una empresa ZEC

Para proceder a la autorización de una empresa debe presentarse la siguiente documentación:

  •  Solicitud de autorización previa y memoria descriptiva para la contitución de una empresa ZEC
  • Justiticante de haber efectuado un depósito o aval por el importe de la tasa de inscripción en el ROEZEC

 

El Consejo Rector será el encargado de tramitar y resolver la solicitud de las entidades ZEC. La obtención de la autorización se comunicará expresamente en un plazo máximo de dos meses de la fecha de presentación de la solicitud. Posterioremente, la entidad podrá inscribirse en el ROEZEC mediante la presentación de los siguientes documentos:

 

 

  • Solicitud de inscripción en el ROEZEC
  • Código de Identificación Fiscal (CIF) 
  • Documento acreditativo de la constitución de la entidad, acompañado de copia simple.

 

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